PRIMER PRONUNCIAMIENTO EN ESPAÑA CONTRA VOLKSWAGEN EN EL ASUNTO “DIESELGATE”
En España, alrededor de 700.000 vehículos del Grupo Volkswagen (Volkswagen, Seat, Audi y Škoda) se vieron afectados por la aplicación por parte de la compañía alemana de un software ilegal que trucaba los resultados en los controles de emisiones de contaminantes a los que se someten los vehículos en aplicación de la normativa vigente entre los años 2009 y 2015.
Así el citado software, aparentemente eliminaba de sus resultados e informes hasta 40 veces el límite legal de óxidos de nitrógeno, por lo que los vehículos en los que fue ejecutado el mismo, no cumplían las exigencias mínimas establecidas para vehículos a motor.
Por tanto, existen miles de consumidores afectados y que podrían optar por demandar al Grupo Volkswagen. ¿Eres uno de los afectados?
A pesar de la publicidad dada a la noticia tras su aparición en septiembre de 2015, la compañía ha venido negando la indemnización a los consumidores españoles, por lo que varios afectados están llevando a Volkswagen a la vía judicial.
En cambio si observamos el comportamiento de Volkswagen en Estados Unidos, es totalmente antagónico, ya que han anunciado un acuerdo mediante el cual, procederán a indemnizar a los consumidores americanos afectados y a la Agencia Americana de Medioambiente (EPA) con 15.000 millones de dólares.
Tras todo ello, por fin se ha dictado la primera sentencia que da la razón a un consumidor de Valladolid que interpuso demanda contra Volkswagen y que condena a la misma a indemnizar al demandante con 5.006,50 euros; sentando un precedente muy importante para los afectados por el grupo Volkswagen entre los años 2009 y 2015.
Establece la citada Sentencia que “…la indemnización que procede reconocer en favor del perjudicado surge de la infracción de los deberes de buena fe, y la pérdida de confianza en el consumidor, bienes jurídicos de difícil cuantificación, dada su naturaleza intangible (…) se trata de una actuación en masa, que afecta a una generalidad de consumidores; que implica un engaño a las autoridades de control; que conlleva la infracción de normas básicas de regulación del sector ( la homologación previa); y con incidencia en un bien público como es el medio ambiente (…)
Por todo lo anterior, se considera por este Juzgador que el perjuicio (…) debe valorarse en un diez por ciento de su precio de adquisición, que en el caso que nos ocupa, determina un total de 5006,5 euros(…)”
En resumidas cuentas, el Juez considera que la alteración en el software provoca una depreciación en el valor del coche del 10%, por lo que la compañía debe de indemnizar a los consumidores afectados con tales cantidades.
La sentencia aún no es firme y previsiblemente Volkswagen la recurrirá en Apelación, pero entendemos que existen argumentos contundentes y suficientes para que se obtengan pronunciamientos favorables en el previsible recurso y en las demandas que se susciten por todo el territorio nacional.
Puedes ver si eres uno de los afectados revisando los siguientes enlaces:
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